Micelio
Auto14 de octubre de 2025

A- de 2025

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante --·Demandado Víctor

Tema · dato duro
Ausencia Del Factor Institucional-No Se Pudo Constatar La Existencia De Una Institucionalidad Robusta Para Tratar La Especial Nocividad Que Representan Las Conductas De Violencia Intrafamiliar Agravada Contra Mujer.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria
  • Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Sibundoy (Putumayo) y el Cabildo Inga Mayor de Santiago de Putumayo, por un proceso penal iniciado contra un ciudadano, por la presunta comisión del delito de violencia intrafamiliar agravado contra su pareja sentimental.

Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena hace el análisis ponderado de los elementos del fuero especial indígena.

El factor personal se acredita por constatarse la pertenencia del imputado al Cabildo Inga Mayor de Santiago (Putumayo).

Se cumple el factor territorial.

Los hechos presuntamente ocurrieron en la vereda Muchivioy del municipio de Santiago, Putumayo, sitio que forma parte del territorio de la comunidad.

El factor objetivo no es determinante pues la violencia intrafamiliar es de especial interés para las dos sociedades.

Para la comunidad indígena afecta el buen vivir familiar, que constituye la base cultural del pueblo inga porque destruye la cohesión familiar y comunitaria, vulnera derechos fundamentales y debilita el gobierno propio y el tejido social.

Para la sociedad mayoritaria es un delito que atenta contra la familia, bien jurídico de interés para el Estado colombiano que compromete especialmente la situación de mujeres, niños, niñas y adolescentes.

El factor institucional se incumple pues no puede constatarse la existencia de una institucionalidad robusta para la judicialización de conductas de especial nocividad social, y que el sistema de justicia propio responda a la demanda de prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer en este caso concreto.

Se asigna la competencia a la jurisdicción ordinaria penal.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Sibundoy (Putumayo) y el Cabildo Inga Mayor de Santiago. Lo anterior, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Promiscuo Municipal de Sibundoy es la autoridad competente para conocer el proceso seguido en contra de Víctor.
  2. Segundo. Por medio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-6936 al Juzgado Promiscuo Municipal de Sibundoy (Putumayo) para lo de su competencia, y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Cabildo Inga Mayor de Santiago.
  3. Tercero. Al involucrar la actuación de partes con pertenencia a colectividades culturales diferenciadas, ADVERTIR al Juzgado Promiscuo Municipal de Sibundoy (Putumayo) la necesidad de implementar un enfoque étnico en el trámite de la actuación judicial, incluida la aplicación de mecanismos de diálogo intercultural.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.